Carolina (el nombre ha sido cambiado) había tenido un muy mal año financieramente. Su pequeña empresa había dejado de pagar algunas cuotas de un préstamo bancario. Esto la tenía muy complicada. Cuando la situación mejoró un poco, se acercó al banco a saldar su deuda, pero con sorpresa se enteró que está era por el doble del monto adeudado. La persona que la atendió le informó que el monto correspondía a intereses, costas, gastos operacionales y honorarios de abogados. No pudo ponerse al día.
Carolina averiguó quién era el abogado que llevaría las gestiones de cobranza de su deuda. Fue así como llegó a mi oficina y me contó lo ocurrido en el banco.
Le recomendé que pagará el monto que tenía disponible directamente en el Juzgado en el que se estaba tramitando su caso, ya que el banco calcula en base a sus propios intereses (intereses bancarios), mientras que el tribunal calcula en base a intereses corrientes que son más bajos. El monto que pagó correspondía a la deuda original.
Después de unos meses, fue el propio tribunal el que calculó la deuda y determinó que la deuda total era un 30% menos de lo informado por el banco.
Carolina cumplió con depositar la diferencia en el juzgado y el caso se dio por cerrado. Este cheque se envió al Banco y el Banco me pagó los honorarios correspondientes.
Es muy importante tener presente que los honorarios que le corresponden a los abogados los paga el Banco y no el deudor ya que la prestación de los servicios y el contrato es entre la entidad bancaria y el estudio jurídico y no con el demandado.